Por la cual se reglamenta el control y seguimiento al Programa de Fomento para la Industria de Astilleros por parte de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN)
... ARTICULO 1. MODALIDAD DE IMPORTACION. Las personas jurídicas autorizadas para utilizar el Programa de Fomento para la industria de Astilleros, de conformidad con los artículos 2.2.1.12.1.1. a 2.2.1.12.5.1. del decreto 1074 de 2015, con el cumplimiento de los requisitos allí establecidos, podrán importar con franquicia o exoneración de derechos de aduana y utilizando los códigos de modalidad establecidos para el efecto por la unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), los bienes contenidos en las subpartidas arancelarias referenciadas en el artículo 2.2.1.12.1.3. del decreto 1074 de 2015 ...