Actualización de la Resolución 089 de la JUNAC sobre Requisitos Específicos de Origen.
LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: Los artículos 30, 101, 102 y 103 del Acuerdo de Cartagena; las Decisiones 416, 417 y 885 de la Comisión de la Comunidad Andina; la Resolución 089 de la JUNAC; y, CONSIDERANDO: Que, con base en los Anexos III y VII de la Decisión 057 sobre Programa Sectorial de Desarrollo Industrial del Sector Metalmecánico, la Comisión del Acuerdo de Cartagena asignó a Chile y Perú la fabricación de aparatos de corte o seccionamiento mayores a 1000 voltios en unidades asignadas en términos de la NABANDINA; ...