Mediante el radicado de la referencia, el peticionario formula una serie de preguntas sobre lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 361 de 1997, norma que establece una deducción para los empleadores que ocupen trabajadores en situación de discapacidad no inferior al 25% comprobada.
En ese sentido, se consulta si la cifra del concepto “global” contenido en el apartado “nivel de dificultad en el desempeño” incluido en las certificaciones de discapacidad, emitidas por las Secretarías de Salud del orden departamental, distrital y municipal, corresponde al porcentaje de discapacidad que se debe considerar para aplicar la deducción. En caso de que la respuesta sea negativa, se pregunta cuál de los conceptos contenidos en las certificaciones de discapacidad emitidas por las Secretarías de Salud se debe tener en cuenta para acceder al beneficio tributario. También consulta cuál es la forma de determinar el porcentaje de discapacidad requerido para la deducción en comento, en el evento de que ninguna de las anteriores preguntas permita resolver esta inquietud. Sobre el particular, las consideraciones generales de este Despacho son las siguientes, no sin antes reiterar que no le corresponde pronunciarse sobre situaciones de carácter particular ni prestar asesoría específica, por lo que corresponderá al peticionario definir, en su caso puntual, las obligaciones tributarias sustanciales y formales a las que haya lugar ...