Este Concepto es una respuesta de la DIAN a una consulta sobre la aplicación del Impuesto Nacional al Consumo (INC) a las operaciones gravadas a la tarifa del 0%.
La DIAN explica que, de acuerdo con el artículo 47 de la Ley 2068 de 2020, las actividades sujetas al INC bajo tarifa 0% deben ser consideradas como operaciones excluidas y no exentas. La DIAN también aclara que la doctrina vigente sobre el tema ya resuelve las inquietudes de la consultante. La DIAN concluye que no hay obligación de presentar la declaración del INC en ceros cuando las operaciones gravadas a la tarifa del 0% son las únicas realizadas en un bimestre. Finalmente, la DIAN recuerda que la normativa, jurisprudencia y doctrina en materia tributaria, aduanera y de fiscalización cambiaria se pueden consultar en el normograma DIAN...