PROBLEMA JURÍDICO #1 ¿Cuál es el alcance del artículo 1 del Decreto 589 de 2016 respecto de la inscripción en el RUT cuando los patrimonios autónomos desarrollan operaciones de comercio exterior?
TESIS JURÍDICA El artículo 1 del Decreto 589 de 2016 establece la necesidad de los patrimonios autónomos que realicen operaciones de comercio exterior de contar con un NIT independiente de los demás patrimonios autónomos administrados por la sociedad fiduciaria. FUNDAMENTACIÓN El artículo 1 del Decreto 589 de 2016 establece que: Artículo 1°. Las sociedades fiduciarias que administren patrimonios autónomos constituidos para desarrollar operaciones de comercio exterior, en desarrollo y cumplimiento de la regulación aduanera, deberán realizar la inscripción en el Registro Único Tributario (RUT) de dichos patrimonios autónomos para la obtención del Número de Identificación Tributaria (NIT), que los identifique de manera individual. (Subrayado por fuera de texto)...