Este documento es un concepto emitido por la DIAN, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia, en respuesta a una consulta sobre la reducción de sanciones por inexactitud según el Estatuto Tributario.
El documento argumenta que las sanciones descritas en el inciso 3 del artículo 648 del Estatuto Tributario también son susceptibles de reducción, al igual que las del primer inciso, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en los artículos 709 y 713. La DIAN explica que la ausencia de una exclusión normativa expresa en los artículos 709 y 713 indica que las reducciones se aplican a todas las sanciones por inexactitud, independientemente de si se encuentran en el primer o tercer inciso del artículo 648.
El documento también destaca que el artículo 647, que define las conductas constitutivas de inexactitud sancionable, no introduce restricciones adicionales que limiten la aplicación de los artículos 709 y 713. Finalmente, el documento concluye que las sanciones derivadas de las conductas descritas en el inciso 3 del artículo 648 pueden beneficiarse de las reducciones siempre que el contribuyente acepte los hechos planteados y cumpla con los requisitos de corrección y pago.
¿Qué tipo de conductas se consideran inexactitudes sancionables según el artículo 647?
El artículo 647 del Estatuto Tributario define las conductas que se consideran inexactitudes sancionables. Estas incluyen: Omitir activos o incluir pasivos inexistentes: Esto se refiere a la presentación de información financiera que no refleja la realidad de la situación económica del contribuyente. Por ejemplo, si una empresa no declara todos sus ingresos o si declara gastos que no ha realizado.
Comisión de un abuso en materia tributaria: Esto se refiere a la realización de actos que buscan evadir el pago de impuestos, como la simulación de operaciones comerciales o la utilización de esquemas fiscales fraudulentos.
Conductas contempladas en el numeral 5 del artículo 647: Este numeral se refiere a la presentación de información inexacta en las declaraciones de ingresos y patrimonio, como la declaración de ingresos menores a los reales o la omisión de información sobre la propiedad de bienes.
Es importante destacar que la sanción por inexactitud se aplica cuando la información presentada es incorrecta, ya sea por error o por dolo...