Conceptos tributarios

Concepto No. 9394 julio 2025 - Sobre impuesto sobre la renta en bonificaciones

Este documento es un concepto de la DIAN que responde a la pregunta de si las bonificaciones que reciben los empleados públicos por los servicios que prestan están sujetas al impuesto sobre la renta y a la retención en la fuente.

¿Cuál es la respuesta de la DIAN?

La DIAN responde que sí, que las bonificaciones por servicios prestados sí están gravadas con el impuesto sobre la renta y complementarios, y que también están sujetas a la retención en la fuente. Esto se debe a que estas bonificaciones se consideran parte de los pagos que reciben los empleados por su relación laboral o legal y reglamentaria.

¿En qué se basa la DIAN para dar esta respuesta?

La DIAN se basa en lo siguiente:

El Decreto 473 de 2022, que establece el derecho de los empleados públicos a recibir una bonificación por servicios prestados. El Estatuto Tributario, que en su artículo 103 define que las bonificaciones son rentas exclusivas de trabajo.
El artículo 335 del Estatuto Tributario, que considera que los ingresos señalados en el artículo 103 (donde se incluyen las bonificaciones) son ingresos gravables. Los artículos 383, 387 y 388 del Estatuto Tributario, que establecen cómo se debe practicar la retención en la fuente a los ingresos gravables.

En resumen:

Si eres un empleado público y recibes una bonificación por los servicios que prestas, debes saber que ese dinero está sujeto al impuesto sobre la renta y a la retención en la fuente, como cualquier otro ingreso que recibes por tu trabajo.

¡Espero que esta explicación te sea útil! Si tienes alguna otra pregunta, no dudes en consultarme... 

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