Tema Impuesto sobre la renta y complementarios Descriptores Contratos de colaboración empresarial Fuentes formales Artículos 18, 553 y 869 del Estatuto Tributario Artículos 1.2.4.11 y 1.6.1.4.9 del Decreto 1625 de 2016 Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección
Cuarta, C.P. CARMEN TERESA ORTIZ DE RODRÍGUEZ, sentencia del 31 de enero de 2013, Radicación N° 13001-23-31-000-2006-00613-01(18878).
Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria formula unas inquietudes relacionadas con los contratos de colaboración empresarial, las cuales se atenderán cada una a su turno: 1. “Sírvase confirmar que en el contrato de colaboración empresarial genérico, donde no se prevé la figura de socio gestor y socio oculto sino que ambas partes desarrollan directamente el negocio conjunto, la parte que factura por la prestación de un servicio o la venta de un bien a un tercero, debe transferir a la otra parte los ingresos, costos y gastos correspondientes, así como las retenciones en la fuente que le correspondan a la otra parte en proporción a su participación en el contrato” En lo atinente a los ingresos, costos y gastos, sea cual sea el contrato de colaboración empresarial que se celebre, en ningún caso se podrá desconocer el principio de transparencia
fiscal que gobierna este tipo de operaciones, tal y como lo establece el artículo 18 del Estatuto Tributario ...