Temas: Pago de aportes al Sistema de la Protección Social – Liquidaciones presentadas a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes – PILA. Periodos de enero a diciembre de 2012. Devolución de pagos en exceso.
La Sala decide el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia de 21 de agosto de 2020, proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta, Subsección “A”, que resolvió: “PRIMERO: DECLÁRASE la nulidad parcial de la Resolución No. RDO 543 del 31 de marzo del 2014, mediante la cual la UGPP le profirió Liquidación Oficial por mora e inexactitud en las autoliquidaciones y pagos de los aportes al Sistema de la Protección Social por los períodos comprendidos entre enero y diciembre de 2012 y de la Resolución No. RDC-462 del 24 de octubre de 2014, a través de la cual se modificó la anterior al desatar el recurso de reconsideración interpuesto, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia...