Referencia: Ampliación del plazo para acreditar ante la Superintendencia de Sociedades haber realizado, presentado y publicado el Reporte de Gestión BIC.
“Numeral (3). Plazo de envío de documentación durante el año 2022 y siguientes. Las sociedades BIC deberán remitir a la Superintendencia de
Sociedades la documentación señalada en el numeral 1 de la presente Circular, a más tardar el 31 de mayo de cada año.”