ASUNTO: EL VALOR DE LA PRIMA EN COLOCACIÓN DE ACCIONES (AHORA PRIMA EN EMISIÓN DE ACCIONES), NO HACE PARTE DEL RUBRO DE CAPITAL AL MOMENTO DE DETERMINAR LA CAUSAL DE DISOLUCIÓN POR PERDIDAS.
... Con el alcance indicado, éste Despacho procede a resolver su consulta, la cual fue planteada en los siguientes términos: “Solicitamos de manera cordial su concepto sobre si el Patrimonio Neto en su cálculo se debía tener en cuenta la prima en colocación de acciones, ya que para determinar la causal de disolución como lo indicaba el numeral 7 (derogado por el parágrafo 2 del artículo 4 de la Ley 2069 de 2020) del artículo 34 de la ley 1258 de 2008 señalaba que la sociedad por acciones simplificada se disolvería: “pérdidas que reduzcan el patrimonio neto de la sociedad por debajo del cincuenta por ciento del capital suscrito.” Por tanto, para que la compañía se declarara en causal de disolución para los años 2019 y anteriores se debía tener un Patrimonio Neto por debajo del 50% del capital suscrito. (…) Por último, solicitamos según lo anteriormente presentado, dar respuesta a mi inquietud teniendo en cuenta lo expresado en el oficio 220-020503 del 2 de abril de 2012 de no incluir en el cálculo del patrimonio neto la prima en colocación de acciones para luego contrastar con el capital suscrito.”