Este documento es una respuesta de la DIAN a una solicitud de la Asociación Colombiana de Operadores de Juegos (ASOJUEGOS) y la Federación Colombiana de Empresarios de Juegos de Suerte y Azar (FECOLJUEGOS) sobre la implementación del IVA en los juegos de suerte y azar en línea.
La DIAN aclara que no puede brindar asesoría específica para casos particulares y que la solicitud de información sobre la implementación del IVA en los juegos de suerte y azar en línea se debe analizar en el contexto del Decreto 062 de 2025, que declara el estado de conmoción interior en ciertas regiones del país. La DIAN también recuerda a los solicitantes que la implementación del documento equivalente electrónico es obligatoria y que se deben cumplir con las características y condiciones establecidas en la normativa vigente. Finalmente, la DIAN proporciona información sobre los canales de atención para las solicitudes relacionadas con el sistema de facturación electrónica.
¿Qué tipo de juegos de azar en línea se consideran afectados por la implementación del IVA?
De acuerdo con el Decreto 0175 del 14 de febrero de 2025, el IVA se aplica a los juegos de suerte y azar operados exclusivamente por internet en el territorio nacional o desde el exterior. Esto significa que los juegos de azar en línea que se consideran afectados por la implementación del IVA son aquellos que se juegan a través de plataformas en línea y que no se ofrecen en locales físicos...