Este decreto, expedido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, ajusta los valores absolutos del Impuesto de Vehículos establecidos en el artículo 145 de la Ley 488 de 1998 para el año gravable 2025.
Antecedentes y motivación: El decreto cita el artículo 145 de la Ley 488 de 1998, que ordena realizar ajustes anuales a los valores absolutos utilizados para el cálculo del Impuesto de Vehículos.El decreto también hace referencia al artículo 3 de la Ley 242 de 1995, que instruye al gobierno a considerar la tasa de inflación al momento de actualizar los valores sujetos a determinación legal. El decreto señala que la Junta Directiva del Banco de la República comunicó el 29 de noviembre de 2024 que la meta de inflación para 2025 se mantiene en 3%.
Aportes: El decreto establece nuevos valores absolutos para el Impuesto Vehicular, a partir del 1 de enero de 2025.
Metodología: El decreto no detalla explícitamente una metodología específica para determinar los nuevos valores absolutos. Sin embargo, implica que el ajuste se basa en la tasa de inflación, de acuerdo con la legislación citada.
Diseño experimental y resultados: El decreto en sí no presenta ningún diseño experimental ni resultados. Simplemente anuncia los nuevos valores absolutos para el Impuesto Vehicular y concluye señalando su fecha de entrada en vigencia (1 de enero de 2025) y derogando las normas que lo contradigan, en particular el Decreto 2228 de 2023...