Resolución de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia (DIAN) que explica cómo y cuándo se cancelará automáticamente la inscripción en el Registro Único Tributario (RUT) por inactividad. En resumen:
¿Qué es el RUT? Es un registro que identifica a las personas y empresas que deben cumplir con obligaciones tributarias en Colombia.
¿Cuándo se cancela el RUT? Se cancela automáticamente si se cumplen TODAS estas condiciones durante cinco años:
Sin actualizaciones: No se han actualizado los datos del RUT.
Sin declaraciones: No se han presentado las declaraciones de impuestos.
Sin recibos de pago: No hay registros de pagos de impuestos.
Sin información de terceros: No hay información reportada por terceros (como bancos o proveedores).
Sin facturación electrónica: No se han emitido ni recibido facturas electrónicas.
Sin solicitudes de numeración: No se han solicitado autorizaciones de numeración de facturas.
Sin deudas pendientes: No hay deudas tributarias pendientes.
Sin procesos legales: No hay procesos administrativos, judiciales o penales en curso.
Excepciones: Hay excepciones a esta regla automática, incluyendo:
Sociedades extranjeras sin domicilio en Colombia.
Inversionistas extranjeros.
Organismos de Acción Comunal.
Cabildos e indígenas.
La Nación, entidades territoriales, etc.
Algunas organizaciones sin fines de lucro.
Procedimiento: La DIAN seguirá un proceso para identificar a los inactivos, notificarles y cancelar su RUT. Los afectados pueden solicitar la reactivación de su RUT en cualquier momento.
Vigencia: Esta resolución entra en vigor el 1 de enero del año siguiente a su publicación, y deroga una resolución anterior (No. 000206 de 2023). Los procesos iniciados bajo la resolución anterior continuarán bajo sus términos.
En esencia, esta resolución busca mejorar la eficiencia del sistema tributario colombiano, limpiando el registro de contribuyentes inactivos, mientras protege los derechos de aquellos que tienen excepciones o obligaciones pendientes...