Legislación Tributaria Nacional

Resolución No. 202 marzo 2025 - Sobre facturación electrónica

Este documento es una resolución de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) de Colombia, que modifica parcialmente la Resolución 000165 de 2023. La resolución se centra en la facturación electrónica de venta y en la obligación de exigir dicho documento por parte de los compradores de bienes y servicios.

La resolución establece que las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios pueden expedir documentos equivalentes electrónicos por los servicios públicos domiciliarios. Sin embargo, estos documentos no pueden incluir cobros diferentes a los relacionados con los servicios públicos y sus conceptos inherentes, salvo que se cuente con la autorización expresa del usuario.

La resolución también establece que las empresas de servicios públicos domiciliarios que realizan facturación en sitio tienen un plazo de hasta 48 horas para transmitir y validar el documento equivalente electrónico a la DIAN. Esto se debe a que estas empresas pueden enfrentar barreras tecnológicas y logísticas significativas para la generación y transmisión inmediata del documento equivalente electrónico.

Finalmente, la resolución establece que la DIAN pondrá a disposición de los sujetos obligados a facturar un servicio electrónico de consulta que permitirá a los facturadores obtener la información básica de los adquirentes (nombre y correo electrónico) con solo registrar el número de identificación del adquirente. Esto facilitará la expedición de la factura electrónica de venta y el documento equivalente electrónico.

¿Cuáles son las barreras tecnológicas y logísticas que enfrentan las empresas de servicios públicos domiciliarios para la generación y transmisión inmediata del documento equivalente electrónico?
 
Las empresas de servicios públicos domiciliarios que realizan facturación en sitio enfrentan barreras tecnológicas y logísticas significativas para la generación y transmisión inmediata del documento equivalente electrónico (DEE), especialmente en zonas rurales o de difícil acceso. Estas barreras incluyen:

Falta de conectividad estable: La falta de acceso a internet de alta velocidad y confiable en zonas rurales dificulta la transmisión del DEE. Interrupciones en la cobertura de redes de telecomunicaciones: Las interrupciones en la cobertura de las redes de telecomunicaciones pueden impedir la transmisión del DEE. Fallas técnicas en los dispositivos utilizados en campo: Los dispositivos utilizados en campo, como las máquinas registradoras con sistema P.O.S., pueden presentar fallas técnicas que impidan la generación y transmisión del DEE. Estas limitaciones pueden afectar la sostenibilidad operativa de las empresas y la continuidad del servicio público esencial que constituye derecho fundamental para el Estado colombiano. Por lo tanto, la resolución establece que estas empresas tienen un plazo de hasta 48 horas para transmitir y validar el DEE a la DIAN, sin perjuicio que en el momento de la visita en sitio al consumidor del servicio se le genere el documento equivalente en físico...

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