Este decreto declara el estado de conmoción interior en la región del Catatumbo, los municipios del área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar debido a la grave perturbación del orden público causada por la violencia, la crisis humanitaria y las amenazas a la seguridad.
El decreto busca garantizar la seguridad y la movilidad de los ciudadanos mediante la suspensión de las condiciones habituales de servicio público de transporte, permitiendo que las empresas operen sin sujeción a rutas ni horarios específicos.
El decreto también autoriza la prestación del servicio de transporte público terrestre automotor de pasajeros por carretera a las empresas habilitadas en la modalidad para la prestación del servicio con origen o destino entre los municipios mencionados, sin sujeción a las condiciones específicas sobre recorridos, frecuencias y horarios señaladas en los permisos conferidos por el Ministerio de Transporte a las empresas de la modalidad.
El decreto también autoriza la prestación del servicio de transporte público terrestre automotor mixto en el radio de acción nacional a las empresas habilitadas en la modalidad para la prestación del servicio que tengan como origen, destino o recorrido autorizado en los municipios señalados en el artículo precedente sin sujeción a los permisos o zonas de operación específicos. El decreto estará vigente por el término establecido en el Decreto 062 del 24 de enero de 2025 y sus modificaciones.
La suspensión de las condiciones habituales de servicio público de transporte tiene varias consecuencias específicas, principalmente relacionadas con la flexibilidad y la seguridad: Flexibilidad en las rutas y horarios: Las empresas de transporte ya no están sujetas a rutas ni horarios específicos, lo que les permite adaptarse a las necesidades cambiantes de la población y llegar a zonas que normalmente no se cubren...