Decreto que fija el salario mínimo mensual legal en Colombia a partir del 1 de enero de 2025 en 1.423.500 pesos, lo que representa un aumento del 9.53%.
El decreto se basa en el artículo 25 de la Constitución Política de Colombia, que establece que el trabajo es un derecho y una obligación social, y en el artículo 53, que establece el derecho a una remuneración mínima, vital y móvil.
El decreto también considera la meta de inflación del siguiente año, la inflación real del año que culmina, la productividad acordada por la Comisión Tripartita que coordina el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, la contribución de los salarios al ingreso nacional, el incremento del producto interno bruto (PIB), y la especial protección constitucional del trabajo.
El decreto se fundamenta en la sentencia C-815 de 1999 de la Corte Constitucional, que establece que el Gobierno debe motivar su decreto, atendiendo a los parámetros mencionados, y en la sentencia del 23 de marzo de 2017 del Consejo de Estado, que indica que la fijación del incremento del salario mínimo debe establecer con carácter prevalente la especial protección constitucional al trabajo.
El decreto también considera la necesidad de mantener una remuneración mínima vital y móvil, la función social de la empresa, y los objetivos constitucionales de la dirección general de la economía a cargo del Estado.
El decreto se basa en la información proporcionada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) sobre la inflación, la productividad, y la contribución de los salarios al ingreso nacional.
El decreto se basa en la Ley 278 de 1996, que establece que la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales tiene la función de fijar de manera concertada el salario mínimo de carácter general.
El decreto establece que, en caso de no haber acuerdo tripartito para la fijación del salario mínimo, el Gobierno lo determinará teniendo en cuenta los parámetros mencionados en la ley y la jurisprudencia constitucional.
El decreto establece que el Gobierno Nacional consideró otras variables macroeconómicas que muestran buenos resultados y una senda de crecimiento del país, como el PIB, la inflación, y la tasa de interés.
El decreto establece que el Gobierno Nacional incorporó en el cálculo del aumento del salario mínimo la productividad laboral por hora de 3.43%, cifra entregada oficialmente por el DANE.
El decreto establece que el Gobierno Nacional considera que el aumento del salario mínimo debe cumplir por lo menos con dos propósitos: garantizar el poder adquisitivo de las familias y dinamizar la economía a través de un mayor consumo de bienes y servicios.
El decreto establece que el Gobierno Nacional determina que el salario mínimo legal mensual vigente para el año 2025 será de 1.423.500 pesos.
El decreto establece que el decreto rige a partir del 1 de enero de 2025 y deroga el Decreto 2292 del 29 de diciembre de 2023...