En este gobierno Reconocemos que los pactos colectivos (y su coexistencia con las convenciones colectivas de trabajo o laudos arbitrales) están actualmente previstos y permitidos en la legislación laboral colombiana.
No obstante, esperamos que ello pueda ser modificado conforme con nuestros compromisos internacionales y nuestro programa de gobierno. A pesar de las extensas recomendaciones internacionales, existe en el país un preocupante número de pactos colectivos o beneficios extralegales otorgados por el empleador, cuya condición de acceso es no encontrarse sindicalizado, lo cual, impide el nacimiento de sindicatos, detienen el crecimiento de los existentes o contribuyen con la destrucción de estos, situación que empaña nuestras obligaciones internacionales como Estado Colombiana ...