"Por medio del cual se establecen los objetivos, los lineamientos y se establecen las responsabilidaddes y las competencias específicas de los entes territoriales, autoridades ambientales y de policía para la formulación de una política de calidad acústica para el país (Ley contra el ruido)"
ARTíCULO 1°. Objeto. Definir los objetivos y lineamientos para el diagnóstico, evaluación y gestión de la calidad acústica en el país y establecer las responsabilidades de las entidades del orden nacional y territorial para: l. El establecimiento de la reglamentación marco que aborde las problemáticas de ruido y vibraciones de forma integral, para la aplicación de acciones y medidas preventivas y correctivas eficaces y la atención articulada por parte de las autoridades competentes con el fin de garantizar la sana convivencia, la tranquilidad, y el disfrute efectivo de los derechos al ambiente sano, la salud, la intimidad y la integridad personal.
2. La formulación de la política pública de calidad acústica (ruido y vibraciones) y planes de acción para la prevención, mitigación, evaluación, seguimiento y control de los impactos generados por la contaminación acústica y ruidos que afecten la salud, la fauna, el ambiente y la convivencia. 3. La medición y revisión periódicas, del marco regulatorio, las políticas públicas y planes de acción a fin de procurar su mayor eficacia. Parágrafo 1°. El marco regulatorio supondrá por parte de las autoridades nacionales o territoriales, dentro de la órbita de sus competencias y sin perjuicio del carácter principal, subsidiario o residual de las mismas, armonizar y actualizar al estado del arte las diferentes disposiciones normativas sobre la contaminación acústica y los ruidos que afecten la tranquilidad o la convivencia.
Parágrafo 2°. El proceso de cambio será en el marco de los tiempos de reglamentación definidos en el artículo 7 de la presente Ley. Mientras nose modifique o sustituya el actual marco regulatorio y reglamentario, éste mantendrá su vigor, pero deberá interpretarse y aplicarse de conformidad con la presente Ley. Parágrafo 3°. Regular la relación entre el marco regulatorio del uso del suelo previsto en los planes de ordenamiento territorial e instrumentos de planificación intermedia y las actividades económicas generadoras de...