POR MEDIO DEL CUAL SE DECLARA ZONA:DE INTERÉS AMBIENTAL, TURíSTICO, ECOLÓGICO Y PESQUERO AL EMBALSE DEL GUÁJARO EN EL DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO, SE RECONOCE SU POTENCIAL PESQUERO Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.
... DECRETA: Artículo 1°. Declárese zona de interés ambiental, turístico, ecológico y pesquero al Embalse del Guájaro ubicado entre los municipios de Sabanalarga, Repelón, Manatí y Luruaco en el departamento del Atlántico. . Artículo 2°. Se autoriza al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y a la Autoridad Ambiental competente según su jurisdicción para que incorpore y destine los recursos necesarios para el desarrollo de programas, planes y/o proyectos de inversión, destinados a la recuperación, protección y conservación del ecosistema con que cuenta el Embalse del Guájaro, así como la recu[)eración paisajística de su entorno, la conservación de la flora y la fauna del ecosistema. ...