Decisión judicial (auto) de la Sala Especial de Seguimiento de la Corte Constitucional de Colombia, de enero de 2025, sobre la suficiencia de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) para financiar los servicios de salud.
En resumen, la Corte encontró que la UPC es insuficiente para ambos regímenes (contributivo y subsidiado) y que el Ministerio de Salud no ha implementado medidas adecuadas para solucionar el problema.
Puntos principales:
Insuficiencia de la UPC: La Corte determinó que la UPC no es suficiente para cubrir los costos de los servicios de salud, tanto en el régimen contributivo como en el subsidiado. Esto se debe a varios factores, incluyendo: Mala calidad de la información: Los datos utilizados para calcular la UPC son deficientes, incompletos e inconsistentes. No hay mecanismos para verificar su exactitud. Falta de contrastación de datos: No hay forma de verificar la información de las EPS (Entidades Promotoras de Salud) con otras fuentes.
Rezago en la información: La información utilizada se basa en datos de años anteriores, lo que no refleja la situación actual. Cambios en el sistema de salud: La inclusión de nuevas tecnologías y servicios en el sistema de salud no se ha considerado adecuadamente en el cálculo de la UPC.
Desviación de recursos: Los recursos de la UPC se están utilizando para fines distintos a la atención en salud.
Inflación: El aumento de la UPC no ha compensado la inflación.
Desigualdad entre regímenes: La UPC del régimen subsidiado no se ha equiparado al 95% de la UPC del régimen contributivo. Incumplimiento del Ministerio de Salud: La Corte encontró que el Ministerio de Salud no ha implementado medidas suficientes para corregir las deficiencias en el cálculo de la UPC. No se ha promovido la participación de todos los actores relevantes en el proceso.
Medidas ordenadas: La Corte ordenó al Ministerio de Salud:
Crear una mesa de trabajo para revisar la UPC y lograr su suficiencia.
Reevaluar la metodología de cálculo de la UPC.
Implementar mecanismos para contrastar la información de las EPS.
Realizar ajustes al valor de la UPC para corregir el rezago en la información.
Equiparar la UPC del régimen subsidiado al 95% de la UPC del régimen contributivo.
En esencia, la decisión judicial critica la falta de transparencia y la insuficiencia de la UPC, ordenando al Ministerio de Salud que tome medidas para corregir estas deficiencias y asegurar la sostenibilidad del sistema de salud. También se enfatiza la importancia de la participación de todos los actores relevantes en el proceso de cálculo de la UPC...