"POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECE UN MARCO JURIDICO ESPECIAL EN MATERIA DE LEGALIZACIÓN Y FORMALIZACIÓN MINERA, Así COMO PARA SU FINANCIAMIENTO, COMERCIALIZACIÓN Y SE ESTABLECE UNA NORMATIVIDAD ESPECIAL EN MATERIA AMBIENTAL".
... Parágrafo 2. El Ministerio de Minas y Energía realizará mesas de trabajo y procesos de acompañamiento a los beneficiarios de las áreas de reserva especial que les permita avanzar en la presentación del programa de trabajos y obras diferencial - PTOD, los beneficiarios de las áreas de reserva especial deberán presentar el programa de trabajos y obras diferencial - PTOD para aprobación de_ la autoridad minera, como requisito para el otorgamiento del contrato especial de concesión, el cual incluirá estudios geológico- mineros que posibiliten un aprovechamiento de corto, mediano y largo' plazo, los cuales homologarán los estudios geológico - mineros de que trata el artículo 31 de la Ley 685 de 2001. Dicho programa de trabajos y obras diferencial - PTOD no podrá ser presentado en un término superior a dos (2) años desde la declaración del área de reserva especial so pena de declarar su terminación ...