Conceptos tributarios

Concepto 100208192–1243 Sep 2022

Tema: Impuesto sobre la renta y complementarios Descriptores: Convenio para evitar la Doble Imposición suscrito entre Colombia y Francia Fuentes formales: Ley 2061 de 2020

Mediante el radicado de la referencia, el peticionario consulta textualmente lo siguiente: “¿De acuerdo con la ley 2061 de (sic) el2021 (sic), el CDI entre Colombia y Francia entró en vigor el pasado 01 de enero de 2022, sin embargo, el artículo 30 del convenio indica que las disposiciones del mismo surtirán efecto después de un año? Es decir, que lo acordado en el convenio comenzará a regir a partir del 01 de enero de 2023 (tarifas de retención en la fuente por renta). Dado lo anterior, agradezco por favor su ayuda con la siguiente confirmación: En la presentación de la declaración de retención en la fuente (formulario 350), cuando se realicen pagos a Francia, ¿Cómo se deben reportar estas operaciones? ¿Las operaciones deben ser reportadas en las casillas 50 y 75 del formulario "Pagos o abonos en cuenta al exterior a países sin convenio" o deben reportarse en las casillas 51 y 76 del formulario "Pagos o abonos en cuenta al exterior a países con convenio"?

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