“¿En el marco del Acuerdo de Complementación económica entre Colombia con los Países del MERCOSUR ACE No 72 el cual fuera el anterior ACE No 59 y el Acuerdo de Alcance Parcial ACP No. 33 (G2),
un importador colombiano puede solicitar el tratamiento arancelario preferencial con un certificado de origen emitido después del embarque de la mercancía pero antes del despacho aduanero para la importación, en donde conste que el bien que se exporta califica como originario y cumple además con los requisitos sobre Tránsito y Expedición directa.?”...