Tema: Aduanero - Tributario Descriptores: Importaciones que no causan el IVA Fuentes formales: Artículo 428 literal g) del Estatuto Tributario Artículo 766 del Decreto 1165 de 2019
... El mismo artículo 766 citado, establece las condiciones para que los ALTEX apliquen el tratamiento previsto en el literal g) del artículo 428 del Estatuto Tributario. En relación al operador económico autorizado, el numeral 2 del mencionado artículo dispone: “(…) 2. Los usuarios altamente exportadores -ALTEX que adquieran, en cualquier momento, la calidad de Operador Económico Autorizado (OEA) tipo exportador podrán aplicar el beneficio previsto en el literal g) del artículo 428 conforme con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 1607 de 2012 que adicionó un parágrafo transitorio al artículo 428 del Estatuto Tributario y siempre que se cumplan las condiciones previstas en el literal g) del artículo 428 del Estatuto Tributario y en los artículos 1.3.1.14.12 al 1.3.1.14.17 del Decreto número 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria o las disposiciones que lo modifiquen, adicionen o sustituyan ...