Este documento de la DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales) responde a una consulta sobre la prevalencia del proceso de extinción de dominio o el abandono legal de mercancías ubicadas en una zona franca.
La DIAN concluye que el abandono legal de mercancías no sanea la situación ilícita en la que se encuentran, y que la DIAN debe poner a disposición de la Fiscalía General de la Nación las mercancías afectadas. El documento también describe las responsabilidades de la SAE (Sociedad de Activos Especiales) en la administración de las mercancías en caso de extinción de dominio. Finalmente, se establece que la DIAN debe hacerse parte en el proceso de extinción de dominio para proteger sus intereses y hacer valer sus derechos.
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¿Qué tipo de mercancías son las que se encuentran comúnmente sujetas a este proceso de extinción de dominio?
Aunque el documento no menciona específicamente los tipos de mercancías que se encuentran comúnmente sujetas al proceso de extinción de dominio, sí indica que este proceso se aplica a bienes que se encuentran en abandono legal dentro de una zona franca. El documento también menciona que la extinción de dominio se aplica a bienes que son objeto de la acción de extinción de dominio, lo que sugiere que se trata de bienes que se consideran producto de actividades ilícitas.
Por lo tanto, podemos inferir que las mercancías que se encuentran comúnmente sujetas a este proceso son aquellas que se consideran producto de actividades ilícitas y que se encuentran en abandono legal dentro de una zona franca...