Tema: Impuesto sobre la renta y complementarios Descriptores: Rentas exentas Fuentes formales: Artículos 9, 10, 206, 336, 406, 408, 592 y 594-2 del Estatuto Tributario
Artículos 3, 4, 7, 12 y 20 del “Convenio entre el Reino de España y la República de Colombia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio”
Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria expone la siguiente situación: “Un contribuyente nacido en Colombia con doble nacionalidad Colombiana (sic) y Española
(sic), con residencia fiscal en España desde hace más de dos (2) años, quien presta servicios de asesoría jurídica a personas y empresas en el territorio Colombiano (sic), de forma virtual y, si hubiere lugar a ello, presencialmente, por periodos inferiores a 180 días y sin tener establecimiento ni empresa en Colombia”. (Subrayado fuera de texto)
Con base en lo antepuesto, consulta si dicho contribuyente tendría derecho a la renta exenta de que trata el numeral 10 del artículo 206 del Estatuto Tributario. Sobre el particular y, bajo la premisa que el contribuyente en comento es un trabajador independiente, son consideraciones generales de este Despacho las siguientes, no sin antes reiterar que no le corresponde pronunciarse sobre situaciones de carácter particular o brindar asesoría específica a la peticionaria: ...