Mediante el radicado de la referencia, el peticionario consulta sobre la aplicación del artículo 91 de la Ley 2277 de 2022 en relación con la Cuota de Fomento Hortifrutícola (establecida en la Ley 118 de 1994).
Sobre el particular, este Despacho se permite informar que mediante el Oficio 003206 - interno 329 del 16 de marzo de 2023 (con el cual se adicionó el Concepto General en materia de procedimiento tributario y aduanero con motivo de la Ley 2277 de 2022) se indicó, en relación con una contribución parafiscal administrada por esta Entidad, que “resulta evidente la procedencia de la tasa de interés moratoria transitoria de que trata el artículo 91 de la Ley 2277 de 2021, la cual está prevista para las obligaciones
tributarias (en general)” (subrayado fuera de texto). La misma conclusión es predicable entonces de la Cuota de Fomento Hortifrutícola (establecida en la Ley 118 de 1994) y cuya inspección y fiscalización está a cargo de la U.A.E. DIAN, como se precisó en el Oficio 026027 del 16 de octubre de 2019: (...) de acuerdo con el artículo 31 del Decreto 4048 de 2008, y la delegación realizada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público al Subdirector de Gestión de Fiscalización Tributaria, mediante la Resolución No. 3001 de 8 de octubre de 2012, ...