Tema: Procedimiento tributario Descriptores: Declaraciones de retención en la fuente – ineficacia Fuentes formales: Artículos 580-1 y 594-2 del Estatuto Tributario
Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria consulta textualmente: “1. ¿Es la División de Fiscalización Tributaria Extensiva competente para proferir un acto administrativo que declare como no válida, una declaración ineficaz del artículo 580-1 del Estatuto Tributario? 2. ¿Es el auto de archivo con recurso, la actuación mediante la cual se debe pronunciar frente a las declaraciones ineficaces del artículo 580-1 del Estatuto Tributario? 3. ¿Cuál sería el procedimiento en Fiscalización para verificar estas declaraciones?” Sobre el particular, las consideraciones generales de este Despacho son las siguientes: El artículo 580-1 del Estatuto Tributario dispone que “las declaraciones de retención en la fuente presentadas sin pago total no producirán efecto legal alguno, sin necesidad de acto administrativo que así lo declare”. (Subrayado fuera de texto).