PROBLEMA JURÍDICO Para entender cumplida la obligación de presentar la declaración anticipada, en los términos de los artículos 175 del Decreto 1165 de 2019 y 124 de la Resolución 46 de 2019 ¿sólo se debe tener en cuenta la fecha y hora registrada en la casilla 50 del Formulario 1165?
TESIS JURÍDICA Para entender cumplida la obligación de presentar la declaración anticipada, en los términos de los artículos 175 del Decreto 1165 de 2019 y 124 de la Resolución 46 de 2019, no sólo se debe tener en cuenta la fecha y hora registrada en la casilla 50 del Formulario 1165. Para el efecto, la Administración Aduanera deberá verificar integralmente la documentación que expida el transportador internacional, incluyendo los documentos que acrediten correcciones o modificaciones al manifiesto de carga, realizadas antes del aviso de llegada al país.