Mediante el radicado de la referencia, el peticionario consulta si los ALTEX -calificados bajo el literal c) del artículo 36 del Decreto 2685 de 1999- están obligados a entregar certificación anual a la DIAN,
toda vez que, de acuerdo con el numeral 1 del artículo 1.3.1.14.12. del Decreto 1625 de 2016, únicamente se requeriría de la utilización del código de registro asignado por la DIAN y de la certificación del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo en la que conste que los bienes a importar no son producidos en el país para efectos de la exclusión comprendida en el literal g) del artículo 428 del Estatuto Tributario. Sobre el particular, previo a compartir sus consideraciones, este Despacho encuentra necesario realizar la siguiente precisión: ...