Mediane el radicado de la referencia el peticionario solicita la consideración del oficio 907554- int 1267 del 6 de Octubre de 2022 en el que se concluyo:
Los puertos podrán tener las dos condiciones, como lugar habilitado por la DIAN para el ingreso o salida de mercancías bajo control aduanero y como zona franca para realizar actividades de servicios portuarios. Cada uno de los roles debe cumplir con las actividades, obligaciones y trámites de la norma aduanera le ha establecido...