Este documento es un concepto técnico emitido por la Dirección de Gestión Jurídica de la DIAN. El concepto responde a la pregunta de si los bienes nacionales o nacionalizados que ingresaron a una zona franca como componente nacional exportado pueden ser parte de una unidad funcional si se importan desde la zona franca.
La DIAN concluye que las mercancías nacionales o nacionalizadas no pueden formar parte de una unidad funcional porque no tienen origen extranjero. Las mercancías nacionalizadas, aunque proceden del extranjero, ya han sido importadas y clasificadas arancelariamente.
El documento también explica que las mercancías nacionales o nacionalizadas que se exportan a zona franca como componente nacional exportado tienen como fin ser incorporadas a los procesos industriales de la zona franca. Los bienes finales producidos en la zona franca pueden ser importados al país o exportados al resto del mundo.
En resumen, el documento establece que las mercancías nacionales o nacionalizadas no pueden formar parte de una unidad funcional si se importan desde zona franca...