Conceptos Aduaneros

Concepto 100208192-420-Abr 2023 - Importaciones que no causan el impuesto

Mediante el radicado de la referencia, el peticionario consulta: 1. Cuando la importación de teléfonos celulares se realiza bajo la modalidad de Tráfico Postal y Envíos Urgentes y no excede su valor de veintidós (22) UVT ¿aplica la exclusión del IVA del numeral 6 del artículo 424 del Estatuto Tributario? 2.

Cuando se supera dicho valor ¿aplica la exención del IVA del artículo 73 de la Ley 2277 de 2022 en tanto no se superen los USD $200? Sobre el particular, las consideraciones de este Despacho son las siguientes: El artículo 424 del Estatuto Tributario establece: “ARTICULO 424. BIENES QUE NO CAUSAN EL IMPUESTO. <Artículo modificado por el 
artículo 175 de la Ley 1819 de 2016. El nuevo texto es el siguiente:> Los siguientes bienes se hallan excluidos del impuesto y por consiguiente su venta o importación no causa el impuesto sobre las ventas. Para tal efecto se utiliza la nomenclatura arancelaria Andina vigente: (…) 6. Los dispositivos móviles inteligentes (tabletas y celulares) cuyo valor no exceda de veintidós (22) UVT. (…)” (subrayado fuera de texto) El reseñado numeral 6 se encuentra reglamentado en el artículo 1.3.1.12.10. del Decreto 1625 de 2016 en los siguientes términos: ...

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